End User License Agreement-EULA

Preámbulo

El presente Contrato de Licencia de Usuario Final ("CLUF") constituye un acuerdo legal entre usted (persona física o jurídica), cuyos datos se nos facilitan en el momento de la Adquisición (definida más adelante) ("Licenciatario") y catworkx GmbH, Schellerdamm 16, 21079 Hamburgo, Alemania ("Licenciante") para el uso del Software. El presente CLUF será de aplicación a partir de la fecha en que el Licenciatario reciba el Software de un Revendedor o del Licenciante ("Adquisición"). El Licenciatario acepta quedar vinculado por los términos de este Acuerdo de Cliente al instalar, copiar, descargar o utilizar de cualquier otro modo el Software. Si el Licenciatario no acepta los términos de este Acuerdo de Cliente, el Licenciatario no podrá instalar, copiar, descargar o utilizar de cualquier otro modo el Software. Para el Período de Prueba gratuito se aplicarán las disposiciones del Apéndice A.

Al instalar y utilizar el Software el Licenciatario asegura que utilizará el Software únicamente en el ejercicio de sus actividades comerciales, académicas o profesionales por cuenta propia.

Este acuerdo con el cliente va acompañado de las Normas Generales de Protección de Datos del Licenciante.

1. Definiciones

Usuario Autorizado: Una persona nombrada (Modelo de Licencia de Usuario Nombrado) que accede y utiliza el Software en virtud del presente Contrato. El número de Usuarios Autorizados no puede exceder el número de usuarios adquiridos.

Información Confidencial: Todos los elementos (por ejemplo, software, documentos, información) que están protegidos por derechos de propiedad, contienen secretos comerciales o empresariales o están designados como confidenciales.

Documentación: La descripción fáctica y técnica completa del Software.

Plazo de mantenimiento: Los primeros doce (12) meses tras la celebración del presente Contrato de Cliente.

Tarifa de Licencia: La remuneración por el uso del Software conforme a la sec. 7

Plataforma: El mercado en línea en el que Usted podría haber adquirido el Software.

Revendedor: El tercero que opera la Plataforma y vende el Software a través de la Plataforma.

Software: El software estándar del Licenciante adquirido por el Licenciatario. Sus principales características técnicas se describen en https://documentation.catworkx.com

2. Obligaciones del Licenciante

2.1 El Licenciante proporcionará el Software al Licenciatario. El Licenciante proporcionará el Software en un formato ejecutable (código objeto). El Licenciante entregará el Software poniéndolo a disposición para su descarga en el Marketplace de Atlassian. El Licenciatario no tendrá derecho a recibir el código fuente.

2.2 La instalación del Software correrá a cargo del Licenciatario. El Licenciante asesorará y apoyará razonablemente al Licenciatario en la preparación de la instalación. Es obligación del Licenciatario observar las instrucciones del Licenciante y/o aclarar las condiciones de instalación con el Licenciante a su debido tiempo y de forma exhaustiva, con el fin de poder llevar a cabo la instalación sin problemas y con rapidez.

2.3 Junto con la entrega y/o instalación del Software, el Licenciante entregará la Documentación en formato electrónico poniendo a disposición la Documentación para su descarga. Cualquier otra documentación sólo será exigible si así se acuerda expresamente. El Licenciatario podrá utilizar la Documentación únicamente para fines internos y podrá reproducir la Documentación únicamente en el contexto de su propio uso de conformidad con el presente Contrato de Cliente. El Licenciatario no podrá traducir, modificar, ampliar ni crear obras derivadas sobre la base de la Documentación.

2.4 Las disposiciones del presente Contrato relativas al Software se aplicarán a la Documentación en consecuencia.

3. Obligaciones del licenciatario

3.1 El Licenciatario llevará a cabo la instalación del Software y se encargará él mismo de su funcionamiento.

3.2 El Licenciatario enviará informes de error al Otorgante de la Licencia de conformidad con las disposiciones del SLA.

3.3 El Licenciatario asistirá al Otorgante de la Licencia de forma exhaustiva y a sus expensas en el análisis y rectificación de errores.

3.4 El Licenciatario está obligado a aceptar, instalar y poner en marcha todas las nuevas versiones de software, actualizaciones, parches, etc. proporcionados por el Otorgante de la Licencia para la rectificación de errores.

3.5 El Licenciatario instalará sin demora, a más tardar en un plazo de cuarenta y cinco (45) días naturales, los paquetes de actualización proporcionados por el Otorgante de la Licencia para corregir problemas de seguridad o errores con el fin de evitar o mitigar las reclamaciones contempladas en los arts. 9 y 10.

3.6 El Licenciatario deberá reembolsar al Otorgante de la Licencia los gastos adicionales en que éste incurra debido a la falta de cooperación por parte del Licenciatario, salvo que el Licenciatario no sea responsable de dicha falta de cooperación.


3.7 En caso de que el Licenciatario realice modificaciones o ampliaciones, actuará por su cuenta y riesgo y bajo su exclusiva responsabilidad. El Otorgante de la Licencia no asume ninguna obligación de garantía por defectos en los componentes del Software que se vean afectados por modificaciones o ampliaciones, a menos que el Licenciatario pueda demostrar que el defecto no se debe a la modificación o ampliación o si el Otorgante de la Licencia ha aprobado la modificación o ampliación por escrito. Lo mismo se aplica si las modificaciones, complementos u otras interferencias no autorizadas del Licenciatario en el Software fuera de la funcionalidad estándar existente del Software cambian o amplían el contenido o la estructura de las bases de datos del Software.

3.8 En caso de que el análisis de errores demuestre que una situación comunicada por el Licenciatario no es atribuible a un defecto del Software del que sea responsable el Otorgante de la Licencia, el Otorgante de la Licencia tendrá derecho a cargar al Licenciatario los gastos incurridos en el análisis de errores, a menos que el Licenciatario no haya podido determinar que no existe ningún defecto del que sea responsable el Otorgante de la Licencia.

4. Derechos de uso

4.1 El Software está legalmente protegido. El Otorgante de la Licencia es el único titular de todos los derechos de autor, derechos de patente, derechos de marca y cualesquiera otros derechos de autor accesorios del Software.

4.2 El Otorgante de la Licencia concede al Licenciatario un derecho de uso perpetuo, mundial y no exclusivo del Software - únicamente en sistemas de hardware propiedad del Licenciatario, arrendados o controlados por éste - durante la vigencia del presente Contrato y de conformidad con el mismo.

4.3 El derecho de uso está limitado a los Usuarios Autorizados.

4.4 El Licenciatario podrá adquirir usuarios adicionales en cualquier momento previo pago de la tarifa correspondiente al Revendedor o al Licenciante. El Licenciatario es consciente de que el número de Usuarios Autorizados debe ser igual o superior al número de Usuarios Autorizados del respectivo Software de Atlassian; de lo contrario, el Software dejará de funcionar. Por ejemplo: El Licenciatario ha adquirido originalmente 50 Usuarios Autorizados para el Software y 50 Usuarios Autorizados para el respectivo Software de Atlassian. Si el Licenciatario pretende actualizar a 100 Usuarios Autorizados para el Software de Atlassian respectivo, deberá actualizar también a 100 Usuarios Autorizados para el Software.

4.5 El Licenciatario está autorizado a crear las copias de seguridad necesarias para un funcionamiento seguro del Software. Las copias de seguridad se almacenarán en un lugar seguro. Los avisos de copyright y las marcas no se borrarán, modificarán ni eliminarán. Las copias que ya no sean necesarias serán borradas o destruidas.

4.6 El Licenciatario sólo tendrá derecho a descompilar la información de interfaz del Software dentro de los límites legales establecidos por la Ley alemana de Propiedad Intelectual y sólo si ha notificado su plan por escrito al Licenciante y ha solicitado sin éxito el suministro de la información de interfaz necesaria concediendo al menos un plazo de gracia de dos semanas. Todos los conocimientos e información que el Licenciatario obtenga sobre el Software en relación con el proceso de descompilación estarán sujetos a las obligaciones de confidencialidad de acuerdo con el art. 13. Antes de involucrar a un tercero, el Licenciatario deberá proporcionar al Otorgante de la Licencia una declaración escrita de dicho tercero en la que el mismo se compromete directamente frente al Otorgante de la Licencia a cumplir con las normas establecidas en la presente sec. 4 y sec. 13.

4.7 Todas las formas de explotación, en particular, el alquiler, préstamo y distribución en forma física o inmaterial, el uso del Software por y en nombre de terceros (por ejemplo, mediante outsourcing, hosting, software como servicio) no están permitidos sin el previo consentimiento por escrito del Licenciante.

 

4.8 El Licenciante señala que el software puede contener software de código abierto sujeto a sus propios derechos de licencia. En tal caso, el Licenciante proporcionará licencias de software para esa pieza concreta en el marco de la correspondiente normativa de licencias de código abierto ("software de código abierto"), de modo que el licenciatario pueda utilizar el software en el sentido del presente Contrato. Dicho software de código abierto se especifica con más detalle en el paquete de instalación correspondiente y se licencia de acuerdo con la normativa especial de código abierto. Si existieran contradicciones entre los términos de este Acuerdo y las regulaciones para el software de código abierto, las regulaciones para el software de código abierto tendrán prioridad con respecto a dicho software de código abierto.

5. Transferencia del software

5.1 Cualquier transferencia del Software o de partes del mismo a terceros está sujeta a las siguientes normas:

5.1.1 El Licenciatario sólo tiene derecho a transferir el Software a terceros sujeto a las mismas restricciones de uso establecidas en este CLUF.

5.1.2 El Licenciatario borrará cualquier otra copia del Software (independientemente de la versión), en particular, de los soportes de datos, discos duros y la memoria inmediatamente después de la transferencia del Software. Finalmente, interrumpirá el uso del Software y lo confirmará al Otorgante de la Licencia sin demora y por escrito.

5.1.3 Cualquier transferencia a un tercero es permanente, es decir, no existe derecho a devolución ni opción de recompra del Software al tercero.

5.1.4 El Licenciatario está obligado a informar al Licenciante del nombre del tercero al que se ha transferido el Software.

5.2 En caso de incumplimiento del art. 5.1 por parte del Licenciatario, el Licenciatario será responsable de una penalización contractual por importe de la mitad de la cantidad que el tercero hubiera tenido que pagar al Licenciante por el Software basándose en la lista de precios vigente en ese momento del Licenciante, como mínimo, el importe de la mitad de la compensación acordada por el suministro del Software, a menos que el Licenciatario no sea responsable del incumplimiento del sec. 5.1.

6. Término y finalización

6.1 El presente Contrato comienza con la Compra del Software por parte del Licenciatario y tiene una duración determinada de acuerdo con la Compra del Licenciatario. Durante este plazo fijo no podrá ser rescindido por conveniencia y una vez finalizado el plazo fijo expirará automáticamente.

6.2 Los derechos concedidos al Licenciatario de conformidad con el art. 4 no pasarán al Licenciatario hasta que se haya recibido el pago completo.

6.3 El Otorgante de la Licencia tendrá derecho a rescindir los derechos otorgados en virtud del art. 4 por causa justificada. 4 si no es razonable esperar que el Licenciante se adhiera a este Contrato de Licencia, en particular, si el Licenciatario incumple el pago de la Licencia o si el Licenciatario viola de forma significativa las disposiciones de este Contrato de Licencia.

6.4 La rescisión de conformidad con el art. 6.2 siempre se amenazará con la especificación de los motivos y la concesión de un plazo razonable para la rectificación (normalmente al menos dos (2) semanas), y sólo podrá declararse dentro de los dos (2) meses siguientes a la finalización del plazo establecido. No se concederá ningún plazo de rectificación si no cabe esperar razonablemente que el Licenciante lo haga.

6.5 En caso de que los derechos de conformidad con el art. 4 no surjan o expiren, el Otorgante de la Licencia podrá solicitar al Licenciatario la devolución del Software o la confirmación por escrito de que ha sido completamente eliminado de los sistemas informáticos del Licenciatario, así como la eliminación o destrucción de todas las copias del Software (por ejemplo, impresiones de la documentación) y la confirmación por escrito de que se han cumplido estas obligaciones.


6.6 En caso de que el Licenciante rescinda el presente CLUF por causa justificada, el Licenciante tendrá derecho a retener el Canon de Licencia, al que el Licenciante habría tenido derecho sin la rescisión, en concepto de daños y perjuicios, menos los gastos ahorrados por el Licenciante debido a la rescisión. Esto no será de aplicación si el Licenciatario no es responsable de la causa. En general, el Licenciante reducirá el Canon de Licencia en una cantidad a tanto alzado del 10% para tener en cuenta los gastos ahorrados. El Licenciatario tendrá derecho a demostrar que el Licenciante ha ahorrado más de un 10%.

6.7 Las notificaciones de resolución deberán realizarse por escrito para que surtan efecto.

6.8 Tras la expiración o resolución del presente Contrato, el Software puede perder partes significativas o la totalidad de su funcionalidad. Podremos exigirle que elimine el Software de sus sistemas informáticos

7. Condiciones de compra y pago

7.1 El Licenciatario realizará un pago único por adelantado ("pago único") al Revendedor de conformidad con las condiciones de uso de Atlassian Marketplace (disponibles en https://www.atlassian.com/licensing/marketplace/termsofuse), tal y como se detalla en la página web del Licenciante en Atlassian Marketplace para todos.

7.2 El Otorgante de la Licencia podrá exigir una compensación adicional razonable por los gastos adicionales causados por la conducta del Licenciatario en incumplimiento de las obligaciones contractuales o por la falta de cooperación del Licenciatario en absoluto, a tiempo o según lo acordado, por el uso del Software por parte del Licenciatario contrario a los fines previstos o a los términos del presente Contrato de Cliente, o por la modificación o ampliación posterior de las exigencias de cumplimiento por parte del Cliente. Esto no se aplicará cuando el Licenciatario no sea responsable de los gastos adicionales.

7.3 El Licenciatario sólo podrá realizar una compensación frente a reclamaciones que no sean impugnadas por el Otorgante de la Licencia o que hayan sido establecidas con carácter definitivo. Excepto en el ámbito del sec. 354a del Código de Comercio alemán (HGB), el Licenciatario podrá ceder a terceros las reclamaciones derivadas del presente Contrato de Cliente únicamente con el consentimiento previo y por escrito del Otorgante de la Licencia. El Licenciatario tendrá derecho de retención o de defensa por incumplimiento del acuerdo únicamente en el contexto del presente Acuerdo de Cliente.

8. Derechos de terceros

8.1 El Licenciante garantiza que el uso del Software por parte del Licenciatario de conformidad con el presente CLUF no entra en conflicto con derechos de terceros. Cuando se trate de derechos de terceros, el Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario una posibilidad legalmente inobjetable de utilizar el Software o un equivalente.

8.2 El Licenciatario deberá notificar al Otorgante de la Licencia por escrito y sin demora indebida si terceros reclaman derechos (por ejemplo, derechos de autor o derechos de patente) sobre el Software. El Licenciatario autorizará al Otorgante de la Licencia a llevar a cabo el litigio únicamente con dicho tercero. El Licenciatario apoyará al Otorgante de la Licencia en la disputa. En particular, el Licenciatario facilitará por escrito la información necesaria, así como los documentos pertinentes, y responderá a las preguntas del Otorgante de la Licencia. El Licenciatario no tendrá derecho a admitir las reclamaciones presentadas por el tercero sin el previo consentimiento por escrito del Otorgante de la Licencia.

8.3 El Otorgante de la Licencia no será responsable de las infracciones de derechos de terceros que se produzcan debido a un uso del Software por parte del Licenciatario que sea contrario a los términos del presente Contrato de Licencia, a un uso fuera del ámbito de uso previsto o a un uso en combinación con componentes (por ejemplo, hardware y software) no recomendados expresamente por el Otorgante de la Licencia.

9. Garantía, mantenimiento y asistencia

9.1 El Licenciatario podrá utilizar un Software que funcione tal y como se anuncia en la plataforma y se describe detalladamente en la Documentación.

9.2 No garantizamos que el Software sea adecuado para un determinado propósito de uso, a menos que se indique explícitamente en la Documentación antes mencionada.

9.3 Somos responsables de los defectos del Software sólo en la medida en que seamos responsables de los mismos.

9.4 En caso de defectos, el Otorgante de la Licencia tendrá inicialmente derecho a un cumplimiento suplementario. A discreción del Otorgante de la Licencia, el cumplimiento suplementario podrá llevarse a cabo mediante la rectificación del defecto, mediante la entrega de un software libre de dicho defecto o mediante la información al Licenciatario de una forma de evitar los efectos del defecto.

9.5 El Licenciatario deberá aceptar al menos dos (2) intentos de cumplimiento suplementario para un defecto.

9.6 Una nueva versión del Software de igual valor o la versión anterior del Software de igual valor y sin defectos deberá ser aceptada por el Licenciatario si cabe razonablemente esperar que así sea.

9.7 El plazo de garantía del Licenciante es de doce (12) meses.

9.8 En caso de que el Licenciatario realice modificaciones o ampliaciones del Software del Licenciante, el Licenciatario actuará bajo su propio riesgo y responsabilidad. El Licenciante no asume ninguna obligación de garantía por defectos en los componentes del Software que se vean afectados por modificaciones o ampliaciones, a menos que el Licenciatario pueda demostrar que el defecto no se debe a la modificación o ampliación o si el Licenciante ha aprobado la modificación o ampliación por escrito. Lo mismo se aplica si las modificaciones, ampliaciones u otras interferencias no autorizadas por el Licenciatario en el Software fuera de la funcionalidad estándar existente del Software cambian o amplían el contenido o la estructura de las bases de datos del Software.

9.9 El Licenciante pone a disposición nuevas versiones del Software de vez en cuando a su propia elección. Puede ocurrir que las nuevas versiones no contengan todas las funcionalidades de las versiones anteriores o que no sean totalmente compatibles con las versiones anteriores del Software. El Licenciatario puede decidir a su propia elección utilizar las nuevas versiones, a menos que la sec. 3.4 o sec. 3.5. En caso de que el Licenciatario utilice nuevas versiones, este CLUF se aplicará también a dichas versiones. Los errores se corregirán publicando una nueva versión del Software que contenga la corrección.

9.10 Proporcionamos el soporte del producto que se define detalladamente en Nuestro Portal de Soporte (véase https://servicedesk.catworkx.com).

10. Responsabilidad

10.1 El Otorgante de la Licencia pagará los daños y perjuicios y la compensación por gastos inútiles, independientemente del fundamento jurídico, únicamente como se indica a continuación:

10.1.1 La responsabilidad será ilimitada en caso de dolo.

10.1.2 En caso de negligencia grave, el Otorgante de la Licencia será responsable por el importe del daño típico previsible en el momento de la celebración del presente Contrato.

10.1.3 En caso de incumplimiento negligente de una obligación sustancial cuyo cumplimiento permita en primer lugar la correcta ejecución del presente Contrato de Cliente, en cuyo cumplimiento el Licenciatario confíe generalmente y tenga derecho a confiar y cuyo incumplimiento ponga en peligro la consecución del objeto del contrato (obligación sustancial), el Otorgante de la Licencia será responsable por el importe de los daños típicos previsibles en el momento de la celebración del presente Contrato de Cliente; no obstante, no podrá exceder de 1 millón de euros.

10.1.4 En todos los demás casos de incumplimiento negligente de las obligaciones por parte del Otorgante de la Licencia, no surgirá responsabilidad alguna.

10.1.5 En caso de lesiones a la vida, la integridad física o la salud y cuando se trate de reclamaciones en virtud de la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos, se aplicarán las disposiciones legales.

10.1.6 Independientemente de la cuantía, las limitaciones de responsabilidad también se aplicarán a los daños atribuibles a un incumplimiento grave por parte de nuestra dirección de proporcionar los canales organizativos adecuados.

10.2 El Licenciante podrá oponer la excepción de negligencia concurrente. En particular, el Licenciatario es responsable de realizar copias de seguridad de sus datos con regularidad. Por lo tanto, en caso de pérdida de datos por culpa del Licenciante, éste será responsable únicamente de los costes de duplicación de los datos a partir de las copias de seguridad que deberá crear el Licenciatario y de la recuperación de los datos que también se habrían perdido si se hubiera realizado una copia de seguridad adecuada de los mismos.

10.3 Las reclamaciones por defectos de calidad y/o título prescribirán regularmente a los 12 meses de la entrega. En los casos de los arts. 10.1.1, 10.1.2 o 10.1.5, el plazo de prescripción de las reclamaciones debidas a este defecto será de tres años.

11. Confidencialidad, comunicación y marketing

11.1 Las partes se comprometen a tratar de forma confidencial, también más allá de la finalización del presente CLUF, toda la Información Confidencial de la que tengan conocimiento o que les sea facilitada antes o durante la ejecución del contrato por la otra parte, a menos que dicha Información Confidencial pase a ser de dominio público sin que se incumpla la obligación de confidencialidad. Las partes mantendrán y salvaguardarán la Información Confidencial de forma que se excluya el acceso a la misma por parte de terceros. El Licenciatario sólo permitirá el acceso a la Información Confidencial a aquellos empleados y personas autorizadas que requieran dicho acceso para llevar a cabo sus responsabilidades laborales. Dichas personas recibirán instrucciones sobre la obligación de confidencialidad.

11.2 Cuando, en el curso de la prestación de sus obligaciones contractuales en virtud del presente CLUF, el Otorgante de la Licencia procese datos personales de los que el Licenciatario sea la parte responsable o cuando sea posible el acceso a dichos datos personales, las partes celebrarán previamente un acuerdo sobre el procesamiento de datos contratado que cumpla con los requisitos legales pertinentes.

11.3 El Otorgante de la Licencia podrá nombrar al Cliente como cliente de referencia a partir de la celebración del presente Acuerdo de Cliente. El Licenciatario podrá denegar este derecho en el momento de la celebración del presente Contrato de Cliente, así como en cualquier momento posterior, enviando una solicitud por correo electrónico a info@catworkx.com, solicitando que se eliminen las referencias. Una vez recibida dicha solicitud, el Otorgante de la Licencia eliminará cualquier referencia al Licenciatario en un plazo de 30 días y no hará ninguna otra referencia al Licenciatario.

11.4 El Otorgante de la Licencia tendrá derecho a enviar correos electrónicos al Licenciatario con material de marketing relativo a productos y servicios del Otorgante de la Licencia similares o relacionados con el Software, a menos que el Licenciatario se oponga a dichos correos electrónicos del Otorgante de la Licencia a través del correo electrónico info@catworkx.com. El Licenciatario podrá oponerse a dichos correos electrónicos del Otorgante de la Licencia en cualquier momento.

11.5 La información proporcionada por el Licenciatario será utilizada por el Licenciante para proporcionar servicios de soporte, promocionar nuestros servicios y cumplir con las obligaciones legales (por ejemplo, contabilidad). La información sobre el Licenciatario no será compartida con terceros. El Licenciante conservará los datos personales que el Licenciatario haya facilitado al Licenciante durante 3 años tras la expiración de una licencia activa, durante 1 año tras la expiración de una licencia de evaluación. El Licenciatario tiene derecho a acceder a su información personal, oponerse al tratamiento de su información personal, rectificar, borrar, restringir, portar su información personal y solicitar a una autoridad de protección de datos. Puede dirigir cualquier solicitud u objeción relativa a cuestiones de protección de datos a nuestro responsable de protección de datos, con quien puede ponerse en contacto, por ejemplo, en datenschutz@catworkx.com.

11. Taxas

11.1 Los pagos efectuados por el Licenciatario en virtud del presente Contrato excluyen cualesquiera impuestos o derechos pagaderos en relación con los bienes o servicios suministrados en la jurisdicción en la que se efectúe o reciba el pago. En la medida en que dichos impuestos o derechos sean pagaderos por el Licenciante, el Licenciatario deberá pagar al Licenciante el importe de dichos impuestos o derechos además de la Tarifa de Licencia en virtud del presente Contrato.

12. Ley aplicable, jurisdicción exclusiva y divisibilidad

12.1 Este CLUF se regirá exclusivamente por la legislación alemana, con exclusión de sus normas de conflicto de leyes y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

12.2 La jurisdicción exclusiva para todos los litigios derivados del presente acuerdo es Hamburgo / Alemania.

12.3 Si alguna disposición de este Acuerdo está prohibida, es inválida o inaplicable en alguna jurisdicción, dicha disposición, en lo que respecta a dicha jurisdicción, será ineficaz en la medida de la prohibición, invalidez o aplicación sin invalidar las restantes disposiciones de este Acuerdo ni afectar a la validez o aplicación de dicha disposición en cualquier otra jurisdicción.

Apéndice A - Período de prueba

El Licenciatario podrá probar el Software de forma gratuita durante un período de 30 días descargándolo a través del botón "Pruébalo gratis" de la página Marketplace del Licenciante. El Licenciatario podrá renovar la Licencia de Prueba cinco veces, cada vez descargando de nuevo el Software a través del botón "Pruébalo gratis" de la página Marketplace del Licenciante. Al expirar cada Período de Prueba, el Software dejará de funcionar automáticamente.

Las siguientes disposiciones se aplicarán a los Períodos de Prueba y prevalecerán sobre las disposiciones generales de este CLUF establecidas en las secciones 1 a 12:

1. El Licenciante no estará obligado a ningún tipo de mantenimiento o soporte. Se aplicarán las disposiciones legales del Código Civil alemán con respecto a Nuestras obligaciones de garantía y responsabilidad.

2. El Licenciante concederá al Licenciatario un derecho mundial, no exclusivo, de uso del Software durante 30 días - únicamente en sistemas de hardware propiedad del Licenciatario, arrendados o controlados por éste.

3. El Licenciatario no tendrá derecho a transferir el Software ni ninguna de sus partes a terceros.

4. El derecho concedido al Licenciatario de conformidad con la sección 2 de este apéndice comenzará con la descarga del Software.

5. En lo que respecta a las obligaciones de garantía y responsabilidad del Otorgante de la Licencia, se aplicarán las disposiciones legales del Código Civil alemán.